Cuando un operario esté subido en un andamio. ¿Deberá llevar arnés anticaida?. Este es un interrogante habitual dentro del sector de la construcción e industrial. Pues bien, la respuesta no es ni SI ni por su puesto NO. Dependerá de las condiciones de trabajo y operación.

Como es lógico, el arnés se usará durante la utilización del andamio cuando éste no disponga de todas las protecciones perimetrales, que no se puedan acoplar lógicamente por imposibilidad técnica. Así se utilizará sin discusión en el montaje y desmontaje del andamio según se indique en las instrucciones de montaje del fabricante, en el Plan de Seguridad y Salud o en la evaluación de riesgos correspondiente. 

En plan de montaje y desmontaje de andamios deberá decir la obligatoriedad de uso durante su montaje y desmontaje. Así mismo deberá contener indicaciones respecto a las zonas donde diga que es obligatorio.
¿Qué es lo que nos dice la legislación vigente?
El Real Decreto 773/1997, de 30 de mayo, sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas a la utilización por los trabajadores de equipos de protección individual, nos dice en su artículo 4:
«Los equipos de protección individual deberán utilizarse CUANDO EXISTAN RIESGOS para la seguridad o salud de los trabajadores QUE NO HAYAN PODIDO EVITARSE O LIMITARSE SUFICIENTEMENTE POR MEDIOS técnicos DE PROTECCIÓN COLECTIVA o mediante medidas, métodos o procedimientos de organización del trabajo»

El Real Decreto 2177/2004, de 12 de noviembre, por el que se modifica el Real Decreto 1215/1997, en el apartado 4 del anexo relativo a Disposiciones relativas a la utilización de los equipos de trabajo para la realización de trabajos temporales en altura nos dice: 

«Cuando el acceso al equipo de trabajo o la ejecución de una tarea particular exija la retirada temporal de un dispositivo de protección colectiva contra caídas, deberán preverse medidas compensatorias y eficaces de seguridad, que se especificarán en la planificación de la actividad preventiva. No podrá ejecutarse el trabajo sin la adopción previa de dichas medidas. Una vez concluido este trabajo particular, ya sea de forma  definitiva o temporal, se volverán a colocar en su lugar los dispositivos de protección colectiva contra caídas»
Asimismo determina en su disposición adicional que:  «La Guía técnica El Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo incluirá las modificaciones precisas en la Guía técnica para la evaluación y prevención de los riesgos relativos a la utilización de los equipos de trabajo, con objeto de adaptarla a las modificaciones introducidas por este real decreto y mantenerla actualizada. En particular, el citado Instituto incluirá los criterios técnicos adecuados tanto para el montaje, utilización y desmontaje de andamios»

En la citada Guía técnica en su página 33 determina que: 
«Exceptuando las escaleras de mano y los sistemas utilizados en las técnicas de acceso y de posicionamiento mediante cuerdas, cuando exista un peligro de caída de altura de más de 2 metros, los equipos de trabajo deberán disponer de barandillas resistentes o de cualquier otro sistema de protección colectiva que proporcione una seguridad equivalente. (…) En estos casos los resultados de la evaluación de riesgos determinarán la necesidad de uso de barandillas o de cualquier otro sistema de protección colectiva que proporcione una seguridad equivalente, aunque el punto de operación se encuentre a menos de 2 metros de altura»
De ello colegimos que han de existir barandillas, sino protección colectiva, y si estas dos no fuesen técnicamente posibles, el trabajador deberá disponer de equipos de protección individual adecuados.
Por último, la Nota Técnica Preventiva NTP 516: Andamios perimetrales fijos determina que:
«Los operarios de montaje o desmontaje así como los que vayan a trabajar en el andamio montado deberán utilizar los elementos de protección individual que se indican en el apartado correspondiente de esta NTP»
La protección de varios de los riesgos relacionados se puede conseguir utilizando las siguientes elementos de protección individual: 
  • Casco de seguridad clase N y botas de seguridad con puntera reforzada clase I para todos los trabajos.
  • Guantes de cuero y lona en los trabajos de manipulación de elementos estructurales del andamio.
  • Cinturón de seguridad de sujeción Clase A Tipo I con anclaje móvil. Su utilización correcta requiere la instalación previa de cables de vida situados estratégicamente en función del tipo de obra o edificio.»