Los cubetos de retención son parte indispensable de un buen sistema de almacenamiento de residuos peligrosos en estado líquido. Así, contenedores (garrafas, bidones o GRGs) utilizados para el almacenamiento de líquidos inflamables, combustibles, corrosivos y/o tóxicos, deberán disponer de sistemas de retención que prevengan la liberación de sustancias peligrosas al medio ambiente (suelo ó agua).

Hay que tener en cuenta dos reglas muy importantes para un adecuado diseño y dimensionamiento de los cubetos de retención de un almacenamiento de residuos:

  • No deberán estar en el mismo cubeto recipientes con productos que presenten reacciones peligrosas entre sí (ver cuadro de incompatibilidades), o que puedan interaccionar con el material del cubeto, lo que disminuiría su eficacia.
  • Debe tener el volumen adecuado para retener el vertido.
cuadro de incompatibilidades

¿Qué volumen de retención del cubeto necesito?

Aunque, no todos los almacenamientos de residuos estarán regulados por los reglamentos APQ, por su dimensionamiento y cantidades, es una buena guía para determinar la capacidad de un cubeto de retención para cualquier sistema de almacenamiento líquido.

Según el artículo 17 del Reglamento APQ-7 sobre almacenamiento de líquidos tóxicos, la capacidad del cubeto será, como mínimo, igual al mayor de los volúmenes siguientes:

  • Volumen del mayor de los recipientes almacenados.
  • 10% del volumen total almacenado.
tomando siempre el volumen más desfavorable de los 2 calculados. Veamos 2 ejemplos:

Ejemplo 1:

Un almacén  con 12 GRG´s (contenedores de 1000 litros). El volumen total almacenado será de 12000 litros.

El 10% de 12000 = 1200 litros.

Así tenemos que el contenedor es de 1000 litros, y el resultado del 10% es de 1200 litros.

En este caso el resultado más desfavorable es 1200 litros contra los 1000 del GRG y esta tiene que ser la mínima capacidad del cubeto de retención para prevenir con el cubeto de cualquier fuga de material peligroso.

Ejemplo 2:

1 GRG + 700 litros en diferentes recipientes (como puede ser en un bidón y distintas garrafas para el almacenamiento de productos químicos). Total = 1700 litros.

El 10% de 1700 = 170 litros.

En este caso el más desfavorable son los 1000 litros del GRG y es el resultado que nos tenemos que coger.

En algunas áreas que requieran una protección especial (según legislación vigente), puede llegar a exigirse un volumen de retención del 100% de la cantidad total almacenada.