En el Real Decreto 404/2010 de 31 de marzo, y sus posteriores desarrollos (Orden ESS/56/2013) se establece un sistema de reducción de las cotizaciones por contingencias profesionales a las empresas que hayan contribuido a la disminución de la siniestralidad laboral a través de auditorias externas no obligatorias, y/o implantación de Sistemas de Gestión de la Prevención debidamente acreditados por una entidad de certificación acreditada por ENAC, según los requisitos fijados en el art.2.1 del citado Real Decreto.
Las empresas se que acrediten el cumplimiento de los requisitos del art. 2. hayan cotizado un mínimo de 5.000 eur en 4 periodos consecutivos anteriores optarán de un descuento de entre un 5-10 %.En el caso de las pequeñas empresas, el límite se establece en un máximo de 250 euros en el primer periodo de observación, que se elevará a 500 en el segundo periodo y siguientes, siempre que en el inmediatamente anterior se haya percibido. 
Desde el día 1 de abril hasta el 15 de mayo de cada año, las empresas incluidas en el ámbito de aplicación de este real decreto que deseen optar al incentivo, deberán presentar su solicitud en la mutua o entidad gestora que asuma la protección de sus contingencias profesionales.