En el camino hacia la sostenibilidad, la gestión de envases y residuos ha dado un salto cualitativo. Si hasta ahora nuestra brújula era el Real Decreto 1055/2022, la entrada en vigor del Reglamento (UE) 2025/40 en el 2025 marca un nuevo estándar de exigencia para toda la industria europea.
Para las empresas, que ponen productos en el mercado, no se trata solo de gestionar residu
os, sino de reimaginar cómo se protegemos y envían los productos.
¿En qué cambia el tablero de juego?
Mientras que la normativa española sentó las bases de la Responsabilidad Ampliada del Productor (RAP), el Reglamento Europeo (PPWR) busca la armonización total. Ya no bastará con cumplir en España; las reglas serán las mismas desde Bizkaia hasta Berlín.
A continuación, analizamos los tres pilares de este cambio y su calendario de aplicación:
1. Guerra al «Espacio Vacío» (Art. 24)
¿Alguna vez has recibido una pieza pequeña en una caja desproporcionadamente grande? Eso tiene los días contados.
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El Requisito: El «índice de espacio vacío» en envases de transporte no podrá superar el 50%.
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Comparativa: El RD español pedía minimización genérica; la UE pone una cifra matemática.
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Fechas clave: 12 de febrero de 2028: Obligación general de reducir al «mínimo necesario». 1 de enero de 2030: Límite estricto del 50% de aire máximo.
2. Diseño para el Reciclaje (Art. 6)
El envase del futuro debe ser reciclable por diseño, no por accidente.
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El Requisito: Se establecen grados (A, B, C). Si un envase recicla menos del 70% de su masa (Grado D o inferior), se considerará no reciclable y no podrá comercializarse.
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Comparativa: Pasamos de «objetivos de reciclaje» nacionales a «estándares de diseño» obligatorios para el fabricante y envasador.
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Fechas clave: 2030: Cumplimiento total de criterios de Diseño para el Reciclaje (DfR). 2035: Los envases deben ser «reciclados a escala» (existencia de plantas que realmente los procesen).
3. Etiquetado Único Europeo (Art. 12 y 13)
Se acabó la sopa de letras y símbolos diferentes según el país de destino.
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El Requisito: Etiquetas armonizadas en toda la UE con la composición del material y códigos QR para envases reutilizables.
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Comparativa: Sustituye los símbolos específicos del RD 1055/2022 por un lenguaje visual común europeo.
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Fechas clave: 12 de agosto de 2026: Inicio de la adaptación de etiquetas. 12 de febrero de 2029: Obligatoriedad plena en toda la Unión.