La Directiva 2006/54/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 de julio de 2006, relativa a la aplicación del principio de igualdad de oportunidades e igualdad de trato entre hombres y mujeres en asuntos de empleo y ocupación, incorpora el principio de igualdad de retribución para un trabajo de igual valor. Por ello, los Estados miembros, han de garantizar la correcta valoración de los puestos de trabajo y la consecuente igualdad retributiva.
- los registros retributivos,
- la auditoría retributiva (para empresas de más de 50 trabajadores)
- el sistema de valoración de puestos de trabajo de la clasificación profesional contenida en la empresa y,
- en el convenio colectivo que fuera de aplicación y el derecho de información de las personas trabajadoras.
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14 de diciembre de 2023